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Todo lo que debes saber sobre el lugar de los hijos en un divorcio
Cuando los papás toman la decisión de emprender vidas separadas, hay mucho en juego. Si la pareja tiene hijos, no hay duda de que es necesario ser muy cuidadosos en lo que respecta a su bienestar y su estabilidad emocional. ¿Cuál es el lugar de los niños en un divorcio? Te lo explicamos con base en el Código Civil Federal.
El fin de un matrimonio es aún más complicado si la pareja tiene hijos, porque estos son una de las claves más importantes a la hora de tomar decisiones.
Son la parte más débil de la ecuación y, además, es esencial mirar por su futuro bienestar e intereses.
No obstante, ese bienestar a nivel psicológico pasa muchas veces por que los padres, independientemente del tipo de custodia, tengan una buena relación.
Hoy en día, la custodia compartida es una de las más comunes y, muchas veces, la más recomendada. Pero este tipo de custodia, o cualquier otro, debe tener en cuenta - como prioridad- el bienestar de los hijos.
Veamos este y otros aspectos fundamentales del papel de los hijos en un divorcio desde el punto de vista legal. Algo que puede ser aún más duro si, además, los pequeños aún son bebés.
- Cuando, tras un divorcio, no hay acuerdo posible entre los progenitores para establecer un tipo u otro de custodia, quien decide es el juez. Pero esta opción no es la más recomendable, porque no sabemos cómo se pronunciará el magistrado.
Este, además, desconoce las particularidades y necesidades de cada caso. Y, en definitiva, puede que a corto y largo plazo su resolución no sea beneficiosa ni para los pequeños ni para sus padres.
Por ello, los abogados de familia siempre insisten en que se llegue a un acuerdo. Esto suele ser lo mejor para los hijos. - Hay varias razones para aconsejar que la ruptura sea de mutuo acuerdo. Por ejemplo, que difícilmente la sentencia será del gusto de los dos progenitores. Y que el desgaste sufrido por las partes (y las rencillas posteriores que suelen quedar) tras la ruptura contenciosa, en muchas ocasiones se enquistan, perjudicando el bienestar emocional de los hijos.
Normalmente, los menores no entienden por qué sus progenitores no están juntos, y menos aún comprenden que ni siquiera tengan una relación cordial. - Los jueces, por su parte, no comparten que, después de haber compartido tantas cosas y engendrado hijos en común, las partes no sean capaces de respetarse en el nuevo proyecto por separado.
Ese es el motivo de que los abogados especializados aconsejen, en la medida de lo posible, caminar hacia un punto medio, si hay diferencias, hasta encontrarlo.
El convenio de divorcio
Este convenio es el medio por el cual se establecen los derechos y obligaciones de los progenitores y sus hijos, con una vista a largo plazo.
Se suele redactar con el asesoramiento de un abogado experto en divorcios, quien se encarga además del resto de trámites burocráticos para el divorcio.
El artículo 273 del Código Civil Federal en México indica que el convenio de divorcio debe incluir:
- La designación de la persona a quien serán confiados los hijos del matrimonio, tanto durante el proceso de divorcio como una vez terminado.
- El modo de subvenir de las necesidades de los hijos, durante y al final del trámite de divorcio.
- La casa que servirá de habitación a cada uno de los cónyuges durante el proceso.
- Con base en el artículo 288 del mismo Código, se deberá especificar la cantidad que a título de alimentos un cónyuge debe pagarle al otro durante el procedimiento y una vez concluido, así como determinar la forma de pago y la garantía que debe otorgarse para asegurarlo.
El convenio de divorcio debe favorecer a todas las partes implicadas, dentro de unas circunstancias tan delicadas. Esto no siempre se consigue, y por ello los matrimonios pueden acabar en los tribunales, aspecto que no es la mejor opción.
Respecto a los bienes, en este convenio se liquida el régimen económico-matrimonial. Dentro de él, o bien se atribuye a uno de los progenitores la vivienda familiar, o se pacta lo necesario para repartirse los bienes. Y se reflejan las conclusiones a las que se han llegado de cara a las propiedades conjuntas.
Pero la custodia, si hablamos de los descendientes, es quizás lo más relevante que contempla este documento.
Se fija por ejemplo si debe haber pensión de alimentos y su cuantía. Esta pensión debe incluir, según la normativa, los costes necesarios para el sustento, la habitación, el vestido y la educación del menor, incluidos los gastos de embarazo y parto si los hubiera, en divorcios donde la madre está aún gestando.
En los casos de custodia exclusiva o individual por uno de los padres, es el progenitor no custodio quien debe abonarla.
Pensión compensatoria
A pesar de que la más conocida sea la pensión de alimentos, también está regulada esta otra clase de pensión.
Se puede ordenar si, al producirse el divorcio, uno de los ex cónyuges queda en un claro desequilibro económico.
Esto es fundamental si, además, la custodia de los niños la tiene dicha persona y no el que no resulta perjudicado. O incluso, si la custodia es compartida.
La pensión compensatoria puede ayudar, aunque no sea para este fin concreto, al cuidado de los hijos.
Tipos de guarda y custodia de los hijos
Custodia individual
Uno de los padres es el que vive con los hijos, y el otro a quien se le asigna un régimen de visitas, por lo que tiene que pagar la pensión de alimentos.
Custodia compartida
Los dos adultos viven con los pequeños, en sus respectivos domicilios, alternándose por semanas o quincenas. No hay pensión de alimentos.
Custodia partida
¿Separar a los hermanos? Es muy difícil, pero puede ser posible sí así lo determina extraordinariamente un juez, pero no suele ser una decisión voluntaria de los padres. Ni es, en la mayoría de los casos, algo positivo. Porque significa que, si efectivamente hay varios hijos, unos convivan con el padre y otros con la madre.
Custodia ejercida por un tercero
También es excepcional. Se produce cuando los abuelos, o incluso alguna institución, se hacen cargo de los pequeños si no hay otra posibilidad más favorable. Una decisión que suele recaer en los jueces.
El divorcio con un bebé
Ya hemos visto que si hay un hijo en camino, y se establece una custodia monoparental hacia la madre, el padre tiene que incluir en el importe de la pensión los gastos que ocasiona el embarazo y los que generará el parto.
Pero también puede suceder que el divorcio tenga lugar mientras la madre está dando el pecho al bebé. Por lo general, la custodia entonces se atribuye a la madre en ese periodo, y mientras el vínculo madre-bebé, fundamental en el crecimiento del hijo, se mantenga.
Este vínculo en realidad dura toda la vida, pero una vez el bebé va creciendo, la relación con el padre es fundamental para el sano crecimiento del niño o la niña.
Dicen los expertos que cuando el hijo no ve a su padre se echa la culpa a él mismo, “¿por qué los otros niños si están con su papá y yo no?”.
Por ello, a una edad razonable, los jueces conceden la custodia compartida o un derecho de visitas amplio. Y en muchas ocasiones en el mismo convenio regulador se establece un sistema progresivo de visitas en función del crecimiento del menor.
Por ello, ¿hay edad mínima para empezar la custodia compartida? No existe. Pero se puede recurrir a un régimen progresivo. Y que en él se articule una custodia materna que vaya poco a poco dotando de más tiempo al progenitor no custodio.
En cualquier caso, la lactancia es clave a la hora de especificar el régimen de visitas, porque por ejemplo no es recomendable que una mujer esté más de 24 horas sin extraer leche.
De modo que en esa fase, el otro progenitor suele tener derecho a visitas solo por algunas horas, mientras que el hijo vive con la madre.
Siempre se prioriza el bien del pequeño. Lo ideal es que sean los propios padres quienes decidan por convenio de divorcio que no se hará una custodia compartida hasta que el bebé sea un niño mayor.
El lugar de los hijos en un divorcio
Como se observa, en un divorcio todo puede llegar a girar alrededor de los descendientes.
Si hay bebés de por medio, hay parejas que aunque deseen separarse definitivamente optan por seguir conviviendo mientras los pequeños no cumplan una cierta edad.
Puede que esto sea beneficioso si son muy pequeños, ya que no advertirán los posibles malentendidos y discusiones de “papá” y “mamá”.
Seguir juntos por el mero hecho de tener hijos, si estos ya han cumplido 3, 4 o 5 años, puede ser contraproducente.
Por supuesto, depende de cada caso, pero el lugar de los hijos en un divorcio, a pesar de ser fundamental y prioritario, no tiene por qué desembocar en un perjuicio directo innecesario de quienes se divorcian.
No se debe forzar el mantenimiento de la convivencia si supone un sufrimiento desmedido para la ya ex pareja, y la decisión de seguir trayectorias personales diferentes, puede ser mejor para ellos a largo plazo, si la relación es insostenible.
Los abogados que viven día a día este tipo de coyunturas aconsejan lograr un equilibrio que combine el mejor cuidado del menor con una situación futura razonable por los firmantes del divorcio.
Aunque, siempre, los pequeños deben ser el eje sobre el que se estructure cualquier convenio de divorcio.
Con información del Título V Capítulo X "Del Divorcio" del Código Civil Federal de los Estados Unidos Mexicanos.