Subsidio por maternidad y paternidad

25 Jan 2023
Subsidio por maternidad y paternidad

La prestación por maternidad o paternidad es un subsidio que corresponde a todos los trabajadores para que disfruten de su permiso laboral por motivo de nacimiento o adopción de un hijo.

Para obtener tu incapacidad por maternidad puede ser por alguna de estas dos vías...

Si decides atender la evolución de tu embarazo en el IMSS:

  • En cuanto sepas que estás embarazada, acude con tu médico familiar para que certifique tu estado y empieces con una vigilancia prenatal apropiada.
  • Él te indicará las citas a las que debes asistir para llevar tu control prenatal.

Si decides atender la evolución de tu embarazo con un médico externo:

  • Preséntate con tu médico familiar del IMSS, solo una vez, cualquier día dentro de la semana 34 de gestación dictaminada por tu médico externo.
  • El médico familiar certificará tu embarazo y te expedirá tu certificado único de incapacidad por maternidad.

Los documentos que debes presentar son:

  • Identificación oficial vigente con fotografía: INE o IFE, pasaporte vigente, cédula profesional.
  • Documento oficial que muestre tu Número de Seguridad Social.
  • Estudio de ultrasonido con antigüedad no mayor a 5 semanas (sólo si te estás atendiendo con un médico externo).

Como embarazada registrada ante el IMSS tienes derecho a:

  • Recibir atención médica.
  • Ayuda en especie por 6 meses para lactancia.
  • Una canastilla con artículos de cuidado por tu hijo.
  • Descanso previo y posterior al parto hasta por 84 días naturales.
  • Pago de un subsidio, en una sola exhibición, si cumples con los requisitos.

¿Cómo cobro el subsidio?

Para tu comodidad, ahora el pago de tu subsidio o incapacidad se te deposita directamente en tu cuenta bancaria. Registra tu cuenta CLABE en el Escritorio Virtual con tu e.firma (FIEL) o acudiendo a la ventanilla de prestaciones económicas de tu clínica de adscripción llevando un estado de cuenta bancario, documento que contenga tu número de seguridad social e identificación oficial con fotografía vigente.

Asimismo, puedes cobrar en el banco de manera tradicional a partir del tercer día hábil de haber recibido tu certificado de incapacidad por maternidad en ventanilla para el pago de subsidios en tu entidad y lleva en original y copia fotostática:

  • La "copia – asegurado" del certificado único de incapacidad.
  • Identificación oficial vigente con fotografía.

También puedes recibir el pago directamente en tu nómina si tu empresa tiene vigente el "Convenio de Pago" con el IMSS. Entrega el original de la "copia - patrón" del certificado de incapacidad por maternidad en el área de Recursos Humanos de tu trabajo.

Más información:

Teléfono de contacto: 01 800 623 23 23

Prestación por paternidad

En el ámbito de la seguridad social el permiso por paternidad tiene goce de sueldo; en consecuencia se consideran como días efectivamente laborados, lo que da lugar al pago de las cuotas obrero patronales, las aportaciones y amortizaciones al IMSS e Infonavit (arts. 15, III; 27, LSS y 29, fraccs. II y III, Ley del Infonavit), vía nómina.    

Gisela GómezGisela Gómez
Periodista especializada en embarazo, bebés, niños pequeños, maternidad, familia y estilo de vida.

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Comentarios (11)
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baban
HOLA A TODAS!, SABEN SI TODABIA TE AYUDA EL SEGURO SOCIAL CON LA LECHE Y HASTA QUE MES TE LA EMPIEZAN A DAR?
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Onileva
Es importante lo del subsidio... buena información.
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TIBETANA
Muy buen tema, la mayoría no sabemos acerca del mismo muchas gracias. Increíble revista
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Maryconny
Esto solo aplica si tienes Imss???
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Adreenalina
Si la verdad es de mucha ayuda
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