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Maternidad y trabajo: protección contra el despido
Estar embarazada no es motivo para perder tu empleo. En México, la ley protege a las trabajadoras durante el embarazo, la maternidad y la lactancia. Conoce cuáles son tus derechos y qué hacer si son vulnerados.
Uno de los temores más frecuentes entre las mujeres que esperan un bebé es que el embarazo pueda afectar su estabilidad laboral. Sin embargo, es importante saber que la legislación mexicana protege a las trabajadoras durante esta etapa y prohíbe cualquier acto de discriminación relacionado con el embarazo o la maternidad.
Tanto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como la Ley Federal del Trabajo (LFT) establecen medidas para garantizar que las mujeres puedan ejercer su maternidad sin poner en riesgo su empleo ni sus derechos laborales.
El embarazo no es motivo de despido
La ley prohíbe que un patrón despida a una trabajadora, la presione para renunciar o le dé un trato desfavorable por estar embarazada, haber dado a luz o encontrarse en periodo de lactancia. Incluso, si una empresa solicita la firma de una renuncia bajo presión, ese documento por sí solo no acredita que la decisión haya sido libre y voluntaria.
Además, ninguna empresa puede solicitar un certificado médico de no embarazo como requisito para contratar, permanecer o ascender en un empleo.
Si una mujer considera que fue despedida o discriminada por causa de su embarazo, puede solicitar asesoría y representación jurídica gratuita ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), institución encargada de proteger los derechos laborales de las y los trabajadores. La legislación contempla sanciones para los empleadores que incurran en este tipo de prácticas discriminatorias.

La Ley Federal del trabajo (LFT) protege a las futuras mamás
Conocer tus derechos es la mejor manera de prevenir abusos durante el embarazo y la maternidad. Entre las principales protecciones que establece la Ley Federal del Trabajo destacan las siguientes:
- Durante el embarazo y la lactancia no puedes realizar labores peligrosas o insalubres que representen un riesgo para tu salud o la de tu bebé. Tampoco debes trabajar en horario nocturno industrial, después de las diez de la noche en establecimientos comerciales o de servicios, ni realizar horas extraordinarias.
- Tienes derecho a una licencia de maternidad de seis semanas antes y seis semanas después del parto, con goce de sueldo. Además, si así lo autoriza el personal médico correspondiente y las condiciones del embarazo lo permiten, puedes transferir hasta cuatro semanas del periodo prenatal para disfrutarlas después del nacimiento. En caso de adopción, también tienes derecho a un descanso de seis semanas con goce de sueldo a partir del día en que recibes al menor.
- Las personas trabajadoras aseguradas en el IMSS tienen derecho a utilizar el servicio de guarderías que ofrece esta institución, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
- Durante el periodo de lactancia, tienes derecho a dos reposos extraordinarios de 30 minutos al día para alimentar a tu bebé o extraer leche materna, o bien a una reducción de una hora en la jornada laboral cuando el centro de trabajo no cuente con un espacio adecuado para ello.

Tu lugar de trabajo te espera
La ley también protege tu derecho a regresar al empleo una vez concluida la licencia por maternidad. Si necesitas una prórroga por complicaciones relacionadas con el embarazo o el parto, podrás reincorporarte al mismo puesto, siempre que no haya transcurrido más de un año desde el nacimiento de tu bebé.
Asimismo, los periodos de descanso por maternidad forman parte de tu antigüedad laboral, por lo que no pueden afectar tus prestaciones ni los derechos adquiridos durante la relación de trabajo.
Recuerda
El embarazo y la maternidad están protegidos por la legislación mexicana. Si consideras que tus derechos laborales fueron vulnerados, busca orientación en la PROFEDET, donde podrás recibir asesoría gratuita para conocer las opciones legales disponibles y hacer valer tus derechos.
Fuentes: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Federal del Trabajo y Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).














